En EQUILEY Abogadas creemos que muchos conflictos no necesitan juzgado. La mediación civil y familiar es un proceso voluntario, confidencial, más económico y rápido, guiado por profesionales imparciales, que fomenta el diálogo y construye acuerdos justos y duraderos. Nuestra prioridad es reducir el desgaste emocional, económico y social que provoca un litigio, cuidando de las personas y sus relaciones.
¿Qué es la mediación civil y familiar?
La mediación es un espacio seguro donde las partes, con ayuda de una mediadora neutral, identifican intereses, generan opciones y alcanzan acuerdos. Tú mantienes el control de las decisiones; nosotras facilitamos el proceso con herramientas de comunicación y negociación.
Ventajas de la mediación
- Rapidez y ahorro frente al proceso judicial.
- Confidencialidad y protección de la intimidad.
- Control por las partes: soluciones hechas a medida.
- Cumplimiento más alto que en acuerdos impuestos.
- Menos conflicto y mejor relación futura (especialmente con hijos menores o vecindario).
Nuestros servicios de mediación
Mediación familiar
- Separaciones y divorcios con hijos menores (convenio, plan de parentalidad).
- Custodia, régimen de visitas y pensiones (alimenticia y compensatoria).
- Reparto de bienes y liquidación de gananciales.
- Conflictos entre familiares o herederos.
Mediación vecinal y de propiedad horizontal
- Problemas de convivencia entre vecinos y ruidos.
- Uso de zonas comunes, impagos de cuotas y acuerdos de comunidad.
- Disputas entre propietarios e inquilinos.
- Conflictos en comunidades de propietarios.
Mediación civil
- Reclamaciones de cantidad entre particulares.
- Disputas contractuales o patrimoniales.
- Conflictos por servidumbres, lindes o uso de bienes.
- Desacuerdos entre socios o colaboradores.
Cómo funciona el proceso
1) Solicitud y premediación
Valoramos si tu asunto es apto para mediación civil y familiar, explicamos reglas, calendario y honorarios.
2) Sesiones conjuntas e individuales (caucus)
Exploramos intereses, aclaramos malentendidos y generamos opciones de acuerdo de forma estructurada.
3) Redacción del acuerdo
Si hay consenso, redactamos un acuerdo claro y ejecutable que refleje lo pactado.
4) Homologación (si procede)
En asuntos familiares o civiles, el acuerdo puede elevarse a público o homologarse judicialmente.

